Naciones Unidas : Grupo consultivo especial de expertos en políticas demográficas

Durante el decenio de 1960, los órganos legislativos de las Naciones Unidas aprobaron varias resoluciones relativas a políticas demográficas. En esas resoluciones se confiaba por entero a los gobiernos nacionales la responsabilidad de formular y aplicar las políticas demográficas, sin hacer referenc...

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Bibliographic Details
Main Author: ., Redacción
Format: Online
Language:Spanish
Editor: El Colegio de México A.C. 1972
Subjects:
Online Access:https://estudiosdemograficosyurbanos.colmex.mx/index.php/edu/article/view/181
Journal:

Estudios Demográficos y Urbanos

Description
Summary:Durante el decenio de 1960, los órganos legislativos de las Naciones Unidas aprobaron varias resoluciones relativas a políticas demográficas. En esas resoluciones se confiaba por entero a los gobiernos nacionales la responsabilidad de formular y aplicar las políticas demográficas, sin hacer referencia explícita a la función consultiva que las Naciones Unidas podían desempeñar a este respecto. Por ejemplo, en su histórica resolución 2211 (XXI) sobre "Crecimiento demográfico y desarrollo económico", aprobada en 1966, la Asamblea General, si bien advirtió la necesidad de que se siguiesen "estudiando las consecuencias del crecimiento, la estructura y la distribución geográfica de la población sobre el desarrollo económico y social", se limitó a reconocer "la soberanía de las naciones para formular y promover sus propias políticas demográficas teniendo debidamente en cuenta el principio de que la dimensión de la familia debe ser objeto de libre elección por cada familia". Sin embargo, en 1970 la Asamblea General otra vez preveía explícitamente una función más activa para las Naciones Unidas en la esfera de las políticas demográficas. Así, por ejemplo, en su resolución 2683 (XXV) sobre el "Año Mundial de la Población", la Asamblea General, no obstante reconocer "que la formulación y aplicación de políticas y programas demográficos son asuntos que caen dentro de la competencia interna de cada país", añade explícitamente que "las medidas internacionales en el campo de la población deben adecuarse a las diversas necesidades y solicitudes de cada Estado Miembro".